lunes, 19 de julio de 2010

Jurado Electoral declara improcedente tacha contra Fuerza Campesina

Presumen actos de corrupción

Infringiendo el reglamento electoral y de forma sospechosa, El Jurado Especial de Jaén, presidido por el Doctor Juan Zúñiga Bocanegra, seguiría favoreciendo a la Organización Política Provincial Fuerza Campesina, al darle lugar para que cambie de su lista a un nativo que ya estaba registrado en otro partido, contraviniendo la norma que específicamente lo prohíbe.

La resolución cuestionada ya fue impugnada por el ciudadano Edi Ausberto Maza Núñez, quien cumpliendo los requisitos para su trámite y bajo argumentaciones de derecho, ajustadas a las normas electorales vigentes, solicitó tacha por la falta de cuota electoral, contra la lista de candidatos de Fuerza Campesina, la misma que fue declarada improcedente por el Jurado Electoral Especial de Jaén.

El Artículo 13 de la Resolución 247-2010 del Jurado Nacional de Elecciones, expresamente señala que: “Es un requisito no subsanable, el incumplimiento de las cuotas de género, de joven y de comunidades nativas y pueblos originarios…”.
El órgano electoral de Jaén, permitió a la organización política que lidera el actual Alcalde de San Ignacio, Carlos Martínez Solano, subsane la irregular inscripción del nativo Elías Pujupat Kiwi, reemplazándolo por otro de nombre Tomás Bazán Jempekit.

Los antecedentes señalan que Fuerza Campesina, registró por la cuota de nativos a Elías Pujupat Kiwi; posteriormente detectaron que ya figuraba como regidor por el Partido Acción Popular de esta provincia.

Como la norma señala que estos miembros no son sujetos de subsanación, el Jurado debió resolver por la improcedencia de la inscripción de esta lista dejándola fuera de la carrera electoral; sin embargo, en tajante Delito de Prevaricato, dispuso lo contrario favoreciendo y permitiendo el cambio ilegal.

Según las definiciones del Jurado Nacional de Elecciones en la Resolución 247-2010-JNE, Reglamento de Inscripción de listas de candidatos, una lista se rechaza declarándola improcedente, cuando la solicitud de inscripción de la fórmula o lista de candidatos incumple con un requisito de ley no subsanable.

En el caso presente, Fuerza Campesina se quedó sin la cuota de nativos y debió declararse improcedente estimando que la ley lo señala como insubsanable; pero el Jurado Electoral Especial de Jaén, contraviniendo la norma, no sólo le da una oportunidad fuera del marco legal para subsanar lo insubsanable; sino que también aceptó la irregular inscripción volviendo a favorecer ilegalmente a esta organización política.

El denunciante –según información-, alista apelación ante el máximo organismo electoral nacional con el objetivo de que revise y revoque lo actuado, considerando que en primera instancia se sigue violando la ley a favor de la agrupación impugnada.
Asimismo, no se descarta que posteriormente de presente denuncia penal contra los miembros del Jurado Especial, por estimar que se ha cometido delito bajo supuestos de coima para que haya resuelto contrariamente a lo que estipula las leyes vigentes.